viernes, 27 de julio de 2012

Masovería urbana

En esta sociedad vivimos con tanta inercia que no buscamos alternativas. Blanco, negro; bueno, malo; público, privado; en propiedad, en alquiler. Vamos perdiendo esa “biodiversidad” de ideas que aun teníamos, y las nuevas ideas se las ven y se las desean para llegar al total de la ciudadanía. La innovación se castra; incluso está mal vista.
Estamos en un momento difícil que lo único para lo que nos puede servir es para cambiar. A ver si de una vez nos desempolvamos de dogmas e ideas preconcebidas (especialmente en el sector de lo construido).

Os llevo, lo que tiene de vida este blog, contando que en España el marco jurídico de lo construido es un potaje de competencias.
Y la vivienda no iba a ser menos.
Una cuestión “curiosa” es la existencia o no de una ley de derecho a la vivienda. La Constitución, como vimos, garantiza su derecho. Existe una ley nacional específica sobre este hecho? No.
Sólo tenemos algunas autonómicas: la catalana (Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda) y la andaluza (Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía). País Vasco acaba de aprobar un Proyecto de Ley de Vivienda.
(NOTA: esta es la página de la normativa en materia de arquitectura, vivienda y suelo de la web del Ministerio de Fomento, por si queréis ver la colección normativa).

Otro día profundizaremos en estas cuestiones pero ahora me interesa significar un concepto que aparece en el artículo 3 “Definiciones” de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda catalana:
“Masovería urbana: el contrato en virtud del cual los propietarios de una vivienda ceden su uso, por el plazo que se acuerde, a cambio de que los cesionarios asuman las obras de rehabilitación y mantenimiento.”
La masovería (o aparcería) no es un concepto nuevo; proviene del mundo rural. Este régimen alternativo, su recuperación como práctica viable, lo explica a las mil maravillas Eva Morales (La Panadería, Sevilla) en este video de ‘La Calderería. Fábrica de alternativas’, Laboratorio de Cultura emergente y de Economía Social en Valencia.


La Calderería. Masovería Urbana. from La Calderería on Vimeo.

Esta modalidad de régimen contractual puede resultar extremadamente útil en las ciudades en la reactivación y freno del deterioro de espacios en desuso, del stock de viviendas vacías, y en la gestión de solares vacíos (huertos urbanos, uso como espacio público de solares, etc.).
Pensemos en esas grandes moles que están siendo abandonadas en esta crisis: los centros comerciales y las “ciudades de la cultura”. No hay dinero público para seguir financiándolas y la autofinanciación, por ahora, no es posible porque la gente no va (porque no le ven el interés, son muy caros, etc.). Sin embargo, constituyen un patrimonio construido reutilizable. Y la orientación de ese reuso podría muy bien ser decidida por la ciudadanía.
En breve colgaré en la Ciudad Collage de este blog un par de propuestas que se me ocurren al respecto.

Piro al super.

Adela Oyonarte Castro

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